PADIGA - Transformación Digital de Anatomía Patológica en Andalucía

Este proyecto de Compra Pública de Innovación está cofinanciado al 85% por la Unión Europea a través del Programa Operativo Crecimiento Inteligente del FEDER (2021-2027), ayuda concedida por la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidades (CECEU).

El Servicio Regional de Patología Digital (PADIGA) supone el desarrollo de un servicio integrado de anatomía patológica a escala regional para atender al diagnóstico y tratamiento de enfermedades de alta prevalencia y mortalidad, de manera más eficiente y equitativa.

El proyecto persigue desarrollar y validar un modelo integrado de servicio de Anatomía Patológica digital en red, que una vez demostrada su efectividad y eficiencia en una versión piloto de región sanitaria, pueda extenderse al conjunto del Sistema Sanitario Público de Andalucía. 

La solución de servicio que se busca debe cubrir los retos asistenciales, tecnológicos así como los organizativos y de desarrollo profesional que plantea un servicio avanzado como el que se persigue y que debe contribuir a los siguientes objetivos:

  1. Desarrollar, implantar y demostrar un modelo de organización integrada de servicio regional de anatomía patológica en red basado en la digitalización de la imagen anatomopatológica

  2. Mejorar los tiempos de respuesta diagnóstica

  3. Mejorar la accesibilidad al recurso especializado de manera equitativa y eficiente para el conjunto de potenciales beneficiarios finales (pacientes)

  4. Potenciar el desarrollo profesional para los facultativos y técnicos especialistas de AP y para otras, actuales y/o nuevas, profesiones independientemente de la ubicación física de la UGC donde trabajan los profesionales

  5. Mejorar la productividad y calidad total del servicio

La digitalización y sus efectos en el potencial procesado, optimización de los procesos y en el trabajo cooperativo en red (deslocalización) tendrán un gran impacto en:

  • Mejora de la calidad asistencial

  • Desarrollo Profesional: sub-especialización, aprendizaje, formación.

  • Mejora de la organización sanitaria:

  • Generación y difusión de conocimiento

  • Impacto en la Sostenibilidad del Sistema Sanitario

Cuenta con un presupuesto de 4.000.000 €, cofinanciado al 85% por la Unión Europea a través del Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027. Está financiado a través del programa 5.1 de la Estrategia de CPI de la Junta de Andalucía, impulsada por la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.

Legislación

Normativa aplicable a la Compra Pública de Innovación

A) ESTRATEGIA EN ANDALUCÍA

1. Estrategia para el impulso y consolidación de la Compra Pública de Innovación (CPI) en la Administración Pública de la Junta de Andalucía

B) NORMATIVA APLICABLE

1. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)

CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO

Artículo 115. Consultas preliminares del mercado.

COMPRA PÚBLICA PRECOMERCIAL (CPP)

Artículo 8. Negocios y contratos excluidos en el ámbito de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación. |LS|Si bien queda excluída de la LCSP, se sujeta sobre los principios generales de la misma|RS|

COMPRA PÚBLICA DE TECNOLOGÍA INNOVADORA (CPTI)

Artículo 156. Delimitación, plazos para la presentación de proposiciones y plazo de publicación del anuncio de licitación

Artículo 157. Examen de las proposiciones y propuesta de adjudicación.

Artículo 158. Adjudicación.

Artículo 159. Procedimiento abierto simplificado.

Artículo 160. Caracterización. Procedimiento restringido.

Artículo 161. Solicitudes de participación.

Artículo 162. Selección de candidatos.

Artículo 163. Contenido de las invitaciones e información a los candidatos.

Artículo 164. Proposiciones.

Artículo 165. Adjudicación.

Artículo 166. Caracterización y delimitación de la materia objeto de negociación.

Artículo 167. Supuestos de aplicación del procedimiento de licitación con negociación.

ASOCIACIÓN PARA LA INNOVACIÓN

Artículo 177. Caracterización del procedimiento de asociación para la innovación.

Artículo 178. Selección de candidatos.

Artículo 179. Negociación y adjudicación de la asociación.

Artículo 180. Estructura de la asociación para la innovación.

Artículo 181. Adquisiciones derivadas del procedimiento de asociación para la innovación.

Artículo 182. Configuración y seguimiento de la asociación para la innovación por parte del órgano de contratación.

ARTÍCULOS DONDE SE MENCIONA LA INNOVACIÓN

Artículo 126. Reglas para el establecimiento de prescripciones técnicas.

Artículo 127. Etiquetas.

Artículo 145. Requisitos y clases de criterios de adjudicación del contrato.

2. Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública.

Artículo 31. Asociación para la innovación.

Artículo 40. Consultas preliminares del mercado.

Artículo 41. Participación previa de candidatos o licitadores.

Artículo 42. Especificaciones técnicas.

Artículo 43. Etiquetas.

Artículo 44. Informes de pruebas, certificación y otros medios de prueba.

Artículo 45. Variantes.

Artículo 67. Criterios de adjudicación del contrato.

3. Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación de la Comisión Europea (2014/C 198/01), destacando los siguientes apartados:

Apartado 2.3. Contratación pública de servicios de investigación y desarrollo.

Apartado 4. Evaluación de la compatibilidad de la ayuda de I+D+i

Apartado 4.4. Efecto incentivador.

4. Banderas rojas en la lucha contra el fraude empleadas por la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, como Organismo Intermedio de la Autoridad de Gestión del FEDER, periodo 2014-2020

5. Nota informativa sobre indicadores de fraude para el FEDER, el FSE y el FC.

C) BUENAS PRÁCTICAS Y OTRAS RECOMENDACIONES

6. Guía Europea sobre la Compra Pública de Innovación.

7. Guía 2.0 para la compra pública de innovación. Ministerio de Ciencia e Innovación

8. Guía para autoridades públicas sobre la Contratación Pública de Innovación. Publicada por ICLEI

9. Guía práctica de contratación pública para profesionales, de la Comisión Europea.

10. Guía sobre Contratación Pública y Competencia de la CNMC.

D) OTRA DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

11. Bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco de la Línea de Fomento de Innovación desde la Demanda (Línea FID), para la Compra Pública de Innovación.

12. Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, encomienda en su artículo 4.1.i el impulso a la Compra Pública de Innovación en España a la Secretaría General de Innovación a través de la Subdirección General de Fomento de la Innovación.

13. Procure2Innovate. Proyecto en el que participan 10 países miembros de la UE, tiene por objetivo coordinar e implantar estrategias en CPI y fomentar el intercambio de buenas prácticas y experiencias de éxito entre sus participantes. Los países participan en el proyecto a través de los Centros de Competencia Nacional en CPI, entidades encargadas de promover y fomentar la CPI en cada país.

14. Instrumento de financiación: Innodemanda de CDTI.

15. Nuevo instrumento de Compra Pública Precomercial de la Oficina de Compra Pública Innovadora de CDTI.

Medidas Antifraude UE

El Servicio Andaluz de Salud (SAS), como beneficiario de la ayuda cofinanciada por el FEDER en el marco del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 (Prioridad de inversión PI0102, objetivo específico OE010201) para la ejecución del proyecto “Servicio Regional de Patología Digital (PADIGA)”, la política de lucha contra el fraude tiene como misión comunicar la voluntad del SAS de luchar contra el fraude y debe ser visible dentro y fuera de la organización.

A este respecto, se ha creado un repositorio de documentos de interés en materia de antifraude y se han puesto en marcha las siguientes medidas de prevención horizontales:

  1. Publicación en la página web del Servicio Andaluz de Salud de una declaración que manifiesta la postura antifraude del SAS así como su adhesión a la declaración institucional en materia antifraude (116.2 KB) efectuada por Dirección General de Fondos Comunitarios (hoy, Dirección General de Fondos Europeos).
  2. Información a los empleados, contratistas y resto de personal de la organización interna o exterior implicado en el proyecto “Servicio Regional de Patología Digital (PADIGA)”,  de qué forma pueden comunicar a la OLAF cualquier sospecha de fraude que obre en su poder indicando que la denuncia es anónima, lo que garantiza al denunciante su seguridad y le protege de hipotéticas represalias internas.
  3. Se ha difundido entre la organización el catálogo no exhaustivo de posibles signos o marcadores de riesgo “banderas rojas”, que se encuentra colgado en la página web.

Los participantes en proyectos u operaciones financiados con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea pueden comunicar a la OLAF cualquier sospecha de fraude que obre en su poder a través del enlace al CANAL DE DENUNCIAS (comunicación de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos) establecido por el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la IGAE.

Es responsabilidad de todos identificar cualquier práctica que se aleje de un comportamiento ético en el uso de los fondos públicos. Por ello, cualquier persona que quiera notificar un hecho, circunstancia o cualquier tipo de comportamiento cuestionable que pueda considerarse como un incumplimiento de las normas (irregularidad) o una acción deliberada de fraude, puede hacerlo de manera anónima y sin trámite alguno, facilitando la información lo más precisa y detallada posible y aportando documentación si dispone de ella.

Los hechos deben ser descritos de forma objetiva, incluyendo si fuese posible, información comprobable, como, por ejemplo: referencia del proyecto, importes, fechas, etc., debiendo indicar si se ha comunicado el hecho a otras autoridades. 

El tratamiento de los datos personales se debe ajustar a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Para información complementaria, se recomienda consultar la página web de la Dirección General de Fondos Europeos.

Qué es compra pública Innovadora

La Compra Pública de Innovación (CPI) es una actuación administrativa de fomento de la innovación orientada a potenciar el desarrollo de nuevos mercados innovadores desde el punto de vista de la demanda, a través del instrumento de la contratación pública.

El fomento de la innovación, empleando como instrumento la CPI, además de la promoción que se realice en el marco de los contratos públicos, contribuye a que la Administración autonómica, a través de sus procesos de licitación pública, transforme y diversifique la economía andaluza al basarla en el conocimiento. Además, al incorporar bienes o servicios innovadores, se pueden mejorar los servicios públicos al encontrar nuevas y mejores maneras de gestión, dando una respuesta más eficiente a las necesidades de los ciudadanos.

Desde la perspectiva de la prestación de servicios sanitarios, la CPI es una herramienta capaz de mejorar sustancialmente la calidad de los mismos a través del desarrollo de soluciones tecnológicas innovadoras que reviertan en la calidad del servicio a los usuarios.

Mediante la generación de una demanda pública, se trata de fomentar el tejido empresarial y sus capacidades innovadoras, así como su potencial de internacionalización a través de la comercialización de estas.

El sector salud es, en este sentido, muy propicio para la implantación de una estrategia de CPI dado el importante margen de tecnificación e innovación en los procesos sanitarios y el gran número de usuarios sobre los cuales pueden testarse los resultados de las investigaciones, pudiendo convertirse posteriormente en un ahorro significativo de los costes de atención.